Terminación anticipada: la válvula que se cierra sin ampliar la tubería

Excluir a sicariato, secuestro y extorsión de la terminación anticipada —el mecanismo que permite reducir la pena hasta en un sexto a cambio de una confesión rápida— parece, a primera vista, una medida sin costos: solo endurece el trato a los delitos más graves. Pero la terminación anticipada no es solo un beneficio para el acusado; es, sobre todo, una válvula de descongestión para un sistema procesal que ya opera con una carga que excede su capacidad. Eliminarla para las categorías de delito que más han crecido en denuncias en los últimos años sin ampliar simultáneamente la capacidad de juzgamiento no acelera la justicia: la satura en otro punto de la cadena.

Cada caso que hoy se resuelve por terminación anticipada libera semanas o meses de agenda de juzgado que, de otro modo, se ocuparían en juicio oral completo, con toda su carga de audiencias, peritajes y recursos. Si extorsión y sicariato —los delitos que precisamente están creciendo más rápido, con miles de denuncias adicionales cada año— dejan de tener esa vía de salida rápida, el número de juicios orales completos que el sistema debe absorber crece en la misma proporción, sin que la norma indique de dónde saldrá la capacidad judicial adicional para procesarlos sin alargar los plazos que hoy ya se cuentan en años.

Crear jueces especializados de alcance nacional para estos casos, con una causal de transferencia de competencia cuando existan amenazas, es la pieza de la reforma mejor orientada a resolver un problema real: la amenaza directa a operadores de justicia en zonas donde el crimen organizado tiene control territorial, como ya ocurre en Pataz o el Vraem. Pero crear la figura legal de un juez nacional especializado no crea automáticamente al juez: requiere un proceso de selección, capacitación en crimen organizado y, sobre todo, un esquema de protección personal y familiar creíble, sin el cual pocos magistrados calificados aceptarán asumir casos que hoy motivan amenazas de muerte contra fiscales y alcaldes. Sin ese esquema de protección diseñado y financiado desde el inicio, la plaza de juez nacional especializado puede quedar desierta o cubierta por quienes menos opciones tienen de rechazarla, no necesariamente por los mejor calificados.

Ampliar las facultades de incautación y reducir a siete años el umbral para acceder a la conversión de pena son ajustes más técnicos, pero comparten el mismo punto ciego: ambos generan más trabajo administrativo y de custodia —de bienes incautados, de expedientes de conversión revisados caso por caso— sin que la norma precise qué unidad especializada, con qué dotación, va a procesar ese volumen adicional sin convertirse en un nuevo cuello de botella, similar al que hoy enfrentan los almacenes de bienes incautados por narcotráfico.

Para que este numeral logre lo que promete —procesos más rápidos y jueces protegidos de la amenaza criminal— necesita, antes que el cambio en el Código, una proyección de cuánta carga procesal adicional generará eliminar la terminación anticipada para estos delitos, un esquema de protección judicial financiado y operativo desde el primer nombramiento, y una unidad dedicada a la gestión de bienes incautados con capacidad proporcional al volumen que la norma promete incautar.


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