El RENTESEG y su Lista Blanca de equipos registrados ya ofrecen una lección que esta reforma no debería repetir. El mecanismo, pensado para combatir el robo de celulares bloqueando los equipos no registrados, ha tenido en la práctica un efecto asimétrico: termina bloqueando miles de teléfonos adquiridos legalmente por ciudadanos que simplemente no completaron un trámite de registro, mientras el mercado informal de celulares robados se adapta con rapidez —desbloqueo en un local no autorizado, reventa a otro comprador informal, adquisición de otro equipo igualmente informal—. El resultado observado no es menos robo de celulares; es más carga administrativa para el ciudadano cumplidor y el mismo circuito ilegal de siempre, solo que un paso más adelante.
Ampliar las atribuciones de OSIPTEL para bloquear IMEI, exigir verificación de identidad en la contratación de líneas y fortalecer el registro centralizado repite, en esencia, la misma arquitectura de control: más bloqueo, más registro, más trámite. Sin corregir el diseño que ya demostró generar ese efecto asimétrico, ampliar sus atribuciones probablemente amplíe también su alcance sobre la misma población que menos responsabilidad tiene en el problema —quien compró un celular de buena fe y no completó un registro— sin que la evidencia disponible sugiera que el circuito de celulares robados destinados a extorsión pierda velocidad de adaptación frente a estas medidas.
El componente sobre comunicaciones ilegales desde penales —la modificación al DL 1688— apunta a un problema distinto y mejor definido: buena parte de la extorsión que hoy afecta a comerciantes y transportistas se coordina desde dentro de establecimientos penitenciarios. Ahí el desafío no es de diseño legal sino de ejecución física: bloqueadores de señal que funcionan de forma desigual entre penales, revisiones de ingreso con capacidad limitada frente al volumen de visitas y personal, y un mercado interno de celulares de contrabando que se adapta tan rápido como el mercado externo de celulares robados. Fortalecer la norma sin fortalecer simultáneamente esa capacidad de bloqueo físico y de control de ingreso dentro de cada penal deja el problema exactamente donde está: en la brecha entre lo que la ley exige y lo que el sistema penitenciario puede efectivamente hacer cumplir. Esta fragilidad de infraestructura de comunicaciones no es exclusiva de los penales: es un síntoma más de una brecha nacional de inversión en telecomunicaciones públicas, la misma que deja a buena parte del serenazgo y de las comisarías básicas sin radio operativo.
El sistema centralizado de verificación de identidad al contratar una línea es, de los tres componentes, el que tiene mejor lógica preventiva, porque ataca el punto de entrada al sistema en lugar del punto de salida. Pero su efectividad depende de que la verificación sea real y no un trámite que se puede sortear con documentos falsos o con la identidad de un tercero —un riesgo que ya existe hoy en otros procesos de identificación y que la norma no aborda con un mecanismo específico de validación biométrica o cruce con otras bases de datos del Estado.
Para que este numeral no repita el efecto asimétrico de la Lista Blanca, necesita corregir el diseño de bloqueo actual antes de ampliarlo, priorizar presupuesto en bloqueo físico de señal y control de ingreso dentro de los penales antes que en más registro administrativo externo, y blindar la verificación de identidad en la contratación de líneas con validación biométrica cruzada, no solo documental.
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